Luces

Hombre, en principio como bien dices toda modificación que no esté homologada de fabrica sería ilegal. Pero el desaconsejar poner bombillas led en las luces de cruce H4, más que nada es por el tema de que se nota mucho mas y se ve muy evidente que se trata de una bombilla led puesta en una óptica que está homologada y diseñada para bombillas halógenas, y esto lo saben los de la ITV pues en el cristal del faro, vienen en unos números y letras tal situación. Por decirlo de otra forma, que darían el cante, a parte de que unas bombillas que fuesen de buena calidad, y seguras para la electrónica del vehículo, serían ha mi juicio bastante caras, del orden de los 150€ o más, pues yo no me arriesgaría con unas de dudosa procedencia. Además hay que recortar el guardapolvos para el ventilador incluido en el led, y estando el coche en garantía, para mi punto de vista, hay que tener mucho más cuidado. Todo esto claro está mientras algún fabricante no se lance a homologar unas bombillas led para ópticas convencionales, que con el tiempo todo se andará.

Poner bombillas led en las DRL. pues también sería ilegal estrictamente hablando, pero la bombilla led es mucho más barata, se cambia en un instante sin ninguna modificación o riesgo y como el foco es opaco, pues resulta mucho más difícil identificar que bombilla llevas instalada, y la inmensa mayoría de coches actuales ya llevan led en los DRL. Vamos que pasa más desapercibido. Sin embargo en las de cruce, hoy dia todavía es un extra que no todos los modelos disponen. Y algo parecido pasa en las de matrícula, pues debes desmontarla para ver que bombilla llevas. Todo esto claro, si no nos pasamos en el tono azulado, y en la intensidad, que pueda deslumbrar.

En el interior, si que no estoy de acuerdo, pues no es ilegal modificar o cambiar bombillas, pues el código de circulación no dice nada al respecto, ni obliga a llevar luz en el maletero, ni en la guantera, ni cuantos plafones tenemos que llevar, y por supuesto a mi ninguna ITV me ha mirado si llevo fundida o lucen más o menos las bombillas interiores.

Respecto a si algo está fabricado de alguna forma, por algo lo harán, yo pienso que efectivamente existe una motivación, y que esta es meramente económica y de ahorro, pues les resulta mucho más económico bombillas convencionales que diseñar pilotos, plafones etc con tecnología led. De hecho en muchos modelos de vehículos, solo te lo ofrecen en determinadas versiones o pack, y por supuesto pasando por caja.
 
En las luces DRL, la DGT y el código de circulación, en ningún momento menciona si deben ser de led o halógenas, tan solo se mete en la ubicación de las mismas, y que estén homologadas para el vehículo, e incluso si el coche en cuestión carece de ellas, podríamos homologar unas.

LUCES DE CIRCULACIÓN DIURNA
 
En las luces DRL, la DGT y el código de circulación, en ningún momento menciona si deben ser de led o halógenas, tan solo se mete en la ubicación de las mismas, y que estén homologadas para el vehículo, e incluso si el coche en cuestión carece de ellas, podríamos homologar unas.

LUCES DE CIRCULACIÓN DIURNA

En el mismo comentario está la respuesta, y para el Jeep Renegade, las únicas leed homologadas es la luz de 3ª parada

Pdata sobre las luces de circulación diurna pues eso que tienen q estar homologada y la DGT te remite a la documentación del vehículo.



Según RD 866/2010

Qué puedes cambiar sin pasar la ITV


Según consta, de forma expresa, en el nuevo manual de reformas del Ministerio de Industria, no tendrás que pasar la ITV por:
- Cambiar la radio que monta el coche de fábrica por una no original.
- Poner barras portaequipajes.
- Sustituir el pomo de la palanca de cambios.
- Instalar un kit manos libres Bluetooth.
- Cambiar los embellecedores de las carcasas de los espejos retrovisores -siempre que no resten zona de visión-.
- Poner los embellecedores de los dispositivos de alumbramiento y señalización luminosa, si no afectan a la zona de salida de la luz.
- Instalar molduras de la carrocería, salvo en el frontal del coche -paragolpes-.
- Montar las faldillas de rueda en los turismos -elementos de plástico que evitan que tu coche despida barro y agua cuando llueve-.
- Acoplar deflectores de aire en el marco de las ventanillas.
- Instalar sensores de ayuda al aparcamiento.
- Añadir retrovisores auxiliares.
- Instalar barras de unión entre las torretas de la suspensión -para ganar rigidez y estabilidad-.


Qué puedes instalar, pero tendrás que homologarlo en la ITV

Qué debes hacer para legalizar un cambio... 1.- Comprar una pieza homologada; si no, te resultará casi imposible legalizarla. Identificarás aquellas que tienen homologación porque llevan grabado un código con varios números y la letra 'E' -que indica que puede utilizarse en la UE-. 2.-Solicita un informe de tu marca o de un laboratorio de reformas. Si la pieza es de la firma de tu coche, lo más sencillo es pedir, en el teléfono de atención al cliente o en cualquier concesionario, un 'dictamen' que certifique que puede instalarse en tu vehículo -identificado con su número de bastidor-. Si no te lo facilitan -por ser una pieza no oficial-, tendrás que acudir a un laboratorio de reformas -por ej. el INTA, el IDIADA... encontrarás una lista de los que hay en España en la web de Industria, www.mityc.es; tlf 902 446 006-, para que te realice un informe asegurando su legalidad. Tanto en uno como en otro caso, te costará unos 120 -. Eso sí, si realizas un cambio muy importante en el coche -por ej. en la suspensión, frenos, dirección, piezas artesanales de la carrocería...-, además del dictamen del laboratorio, necesitarás el informe de un ingeniero -de 300 - a 600 - más según la pieza-. 3.- Finalmente, en el taller donde te instalen la pieza deberán facilitarte un 'certificado de obra final' -es gratis-, que asegura que se ha colocado correctamente. 4.- Con todo ello, deberás acudir a una ITV, en la revisarán que todo es correcto y te anotarán la reforma en la ficha técnica -te cobrarán por ello unos 45 -, según Comunidad-. 5.- ¿Y cuánto te costará todo el proceso de homologación? Unos 500 -, de media -más el precio de la pieza, claro-.

Cinturones de seguridad
Instalar cinturones de seguridad Los coches con más de 20 años no suelen disponer de ellos en las plazas traseras -por ej., no podrás adaptar una silla de infantil-. Aquí el problema se encuentra en que si tu coche no los ofrecía, ni en opción, podría ser casi imposible colocarlos sin que pierda rigidez la estructura del vehículo, ya que tendrás que agujerear el chasis para sujetarlos. La reforma es de tal envergadura que será complicado que te lo homologuen y pases la ITV.

Escapes que modifiquen su geometría o sonoridad
Si sólo cambias el tubo de escape por otro similar, no tendrás problemas. Sí lo tendrás si pones otro que aumente la potencia del coche o su sonoridad, ya que es una reforma importante.

Faros
Si instalas unos grupos ópticos distintos o más modernos -por ej., los del restyling que haya sufrido tu modelo- bastará con un certificado de homologación de tu marca. Si optas por un faro que no sea 'de concesionario' necesitarás que un laboratorio certifique su legalidad.

Colocar o desinstalar una bola de remolque
En ambos casos se homologa siempre acudiendo a la ITV.

Volante
Al sustituirlo por otro, procura que no varíe su diámetro más de un 10% y, en el caso de tener airbag, cerciórate de que disponga de él.

Asientos deportivos
Para no tener problemas compra asientos homologados por la marca de tu coche.

Faros de xenón
Para instalarlos, tendrás que poner también un sistema automático de nivelación y de lavafaros y deberán estar homologados por su fabricante para usarse en Europa -en su óptica figurará la letra 'E', seguida de un código-.

Centralitas de potencia
Se pueden homologar sólo las que dispongan de un documento de su fabricante o de un laboratorio que certifica que se pueden instalar en coches en la UE.

Llantas y neumáticos
Igual que hasta ahora, se pueden cambiar siempre y cuando se instalen unos de más/menos 3% de su diámetro original. Si es un tamaño diferente, tendrás que homologarlos
 
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En el mismo comentario está la respuesta, y para el Jeep Renegade, las únicas leed homologadas es la luz de 3ª parada

Pdata sobre las luces de circulación diurna pues eso que tienen q estar homologada y la DGT te remite a la documentación del vehículo.



Según RD 866/2010

Qué puedes cambiar sin pasar la ITV


Según consta, de forma expresa, en el nuevo manual de reformas del Ministerio de Industria, no tendrás que pasar la ITV por:
- Cambiar la radio que monta el coche de fábrica por una no original.
- Poner barras portaequipajes.
- Sustituir el pomo de la palanca de cambios.
- Instalar un kit manos libres Bluetooth.
- Cambiar los embellecedores de las carcasas de los espejos retrovisores -siempre que no resten zona de visión-.
- Poner los embellecedores de los dispositivos de alumbramiento y señalización luminosa, si no afectan a la zona de salida de la luz.
- Instalar molduras de la carrocería, salvo en el frontal del coche -paragolpes-.
- Montar las faldillas de rueda en los turismos -elementos de plástico que evitan que tu coche despida barro y agua cuando llueve-.
- Acoplar deflectores de aire en el marco de las ventanillas.
- Instalar sensores de ayuda al aparcamiento.
- Añadir retrovisores auxiliares.
- Instalar barras de unión entre las torretas de la suspensión -para ganar rigidez y estabilidad-.


Qué puedes instalar, pero tendrás que homologarlo en la ITV

Qué debes hacer para legalizar un cambio... 1.- Comprar una pieza homologada; si no, te resultará casi imposible legalizarla. Identificarás aquellas que tienen homologación porque llevan grabado un código con varios números y la letra 'E' -que indica que puede utilizarse en la UE-. 2.-Solicita un informe de tu marca o de un laboratorio de reformas. Si la pieza es de la firma de tu coche, lo más sencillo es pedir, en el teléfono de atención al cliente o en cualquier concesionario, un 'dictamen' que certifique que puede instalarse en tu vehículo -identificado con su número de bastidor-. Si no te lo facilitan -por ser una pieza no oficial-, tendrás que acudir a un laboratorio de reformas -por ej. el INTA, el IDIADA... encontrarás una lista de los que hay en España en la web de Industria, www.mityc.es; tlf 902 446 006-, para que te realice un informe asegurando su legalidad. Tanto en uno como en otro caso, te costará unos 120 -. Eso sí, si realizas un cambio muy importante en el coche -por ej. en la suspensión, frenos, dirección, piezas artesanales de la carrocería...-, además del dictamen del laboratorio, necesitarás el informe de un ingeniero -de 300 - a 600 - más según la pieza-. 3.- Finalmente, en el taller donde te instalen la pieza deberán facilitarte un 'certificado de obra final' -es gratis-, que asegura que se ha colocado correctamente. 4.- Con todo ello, deberás acudir a una ITV, en la revisarán que todo es correcto y te anotarán la reforma en la ficha técnica -te cobrarán por ello unos 45 -, según Comunidad-. 5.- ¿Y cuánto te costará todo el proceso de homologación? Unos 500 -, de media -más el precio de la pieza, claro-.

Cinturones de seguridad
Instalar cinturones de seguridad Los coches con más de 20 años no suelen disponer de ellos en las plazas traseras -por ej., no podrás adaptar una silla de infantil-. Aquí el problema se encuentra en que si tu coche no los ofrecía, ni en opción, podría ser casi imposible colocarlos sin que pierda rigidez la estructura del vehículo, ya que tendrás que agujerear el chasis para sujetarlos. La reforma es de tal envergadura que será complicado que te lo homologuen y pases la ITV.

Escapes que modifiquen su geometría o sonoridad
Si sólo cambias el tubo de escape por otro similar, no tendrás problemas. Sí lo tendrás si pones otro que aumente la potencia del coche o su sonoridad, ya que es una reforma importante.

Faros
Si instalas unos grupos ópticos distintos o más modernos -por ej., los del restyling que haya sufrido tu modelo- bastará con un certificado de homologación de tu marca. Si optas por un faro que no sea 'de concesionario' necesitarás que un laboratorio certifique su legalidad.

Colocar o desinstalar una bola de remolque
En ambos casos se homologa siempre acudiendo a la ITV.

Volante
Al sustituirlo por otro, procura que no varíe su diámetro más de un 10% y, en el caso de tener airbag, cerciórate de que disponga de él.

Asientos deportivos
Para no tener problemas compra asientos homologados por la marca de tu coche.

Faros de xenón
Para instalarlos, tendrás que poner también un sistema automático de nivelación y de lavafaros y deberán estar homologados por su fabricante para usarse en Europa -en su óptica figurará la letra 'E', seguida de un código-.

Centralitas de potencia
Se pueden homologar sólo las que dispongan de un documento de su fabricante o de un laboratorio que certifica que se pueden instalar en coches en la UE.

Llantas y neumáticos
Igual que hasta ahora, se pueden cambiar siempre y cuando se instalen unos de más/menos 3% de su diámetro original. Si es un tamaño diferente, tendrás que homologarlos
Totalmente de acuerdo, no hay dudas al respecto, la legislación es bien clara y desgraciadamente muy restrictiva en este país. Es lo que hay. Pero no estoy poniendo en duda nada de eso, solamente, y recuerda mis post anteriores, que hay modificaciones mas que evidentes y que darán el cantazo, y otras que no se verán tan fácilmente, pues pasan mucho mas desapercibidas, o simplemente serán muy difícil de ver. Pues a mi personalmente me compensa llevar las DRL con bombillas led, pues la mejora es muy significativa, si lo comparamos con tener que cambiarlas en 5 minutos, cada dos años, en el peor de los casos, algo que dudo, pues en ningún apartado de los que has puesto habla de bombillas led en las DRL, y si de los requisitos para instalar xenón o cambiar grupos ópticos, de ahí que a parte de ser ilegal como bien dices, desaconsejásemos modificar las luces de cruce.
Y luego cada cual que haga lo que quiera.
De todas formas el tema de los led nos encontramos en un limbo jurídico y ninguna reglamentación lo deja medianamente claro. Si en el caso de los faros principales a la hora de poner xenón o led, donde específica su homologación.
 
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Hombre, en principio como bien dices toda modificación que no esté homologada de fabrica sería ilegal. Pero el desaconsejar poner bombillas led en las luces de cruce H4, más que nada es por el tema de que se nota mucho mas y se ve muy evidente que se trata de una bombilla led puesta en una óptica que está homologada y diseñada para bombillas halógenas, y esto lo saben los de la ITV pues en el cristal del faro, vienen en unos números y letras tal situación. Por decirlo de otra forma, que darían el cante, a parte de que unas bombillas que fuesen de buena calidad, y seguras para la electrónica del vehículo, serían ha mi juicio bastante caras, del orden de los 150€ o más, pues yo no me arriesgaría con unas de dudosa procedencia. Además hay que recortar el guardapolvos para el ventilador incluido en el led, y estando el coche en garantía, para mi punto de vista, hay que tener mucho más cuidado. Todo esto claro está mientras algún fabricante no se lance a homologar unas bombillas led para ópticas convencionales, que con el tiempo todo se andará.

Poner bombillas led en las DRL. pues también sería ilegal estrictamente hablando, pero la bombilla led es mucho más barata, se cambia en un instante sin ninguna modificación o riesgo y como el foco es opaco, pues resulta mucho más difícil identificar que bombilla llevas instalada, y la inmensa mayoría de coches actuales ya llevan led en los DRL. Vamos que pasa más desapercibido. Sin embargo en las de cruce, hoy dia todavía es un extra que no todos los modelos disponen. Y algo parecido pasa en las de matrícula, pues debes desmontarla para ver que bombilla llevas. Todo esto claro, si no nos pasamos en el tono azulado, y en la intensidad, que pueda deslumbrar.

En el interior, si que no estoy de acuerdo, pues no es ilegal modificar o cambiar bombillas, pues el código de circulación no dice nada al respecto, ni obliga a llevar luz en el maletero, ni en la guantera, ni cuantos plafones tenemos que llevar, y por supuesto a mi ninguna ITV me ha mirado si llevo fundida o lucen más o menos las bombillas interiores.

Respecto a si algo está fabricado de alguna forma, por algo lo harán, yo pienso que efectivamente existe una motivación, y que esta es meramente económica y de ahorro, pues les resulta mucho más económico bombillas convencionales que diseñar pilotos, plafones etc con tecnología led. De hecho en muchos modelos de vehículos, solo te lo ofrecen en determinadas versiones o pack, y por supuesto pasando por caja.
En este post no niego la evidencia, o ilegalidad, simplemente digo el porque no es aconsejable cambiar las H4 por led, pues sabemos y reconocemos que seguramente serán ilegales, y podríamos tener problemas, aunque ya he dicho que en este tema la legislación no es clara. Que para las DRL también se de la misma situación, pues seguro, pero a mi me compensa los inconvenientes en este caso, y creo que los compañeros estarán al tanto.
Saludos.
 
estimado compañero Eugenio:

No está en mi animo ( y espero seguir así) poner en duda ninguno de tus post o afirmaciones hechas ya no solo en este hilo sino en este foro.

Es más deberías seguir en ese estilo de trabajo ya que tus post han aportado gran cantidad de información al resto de usuarios de este foro (entre los que me incluyo).

Dicho esto, pido disculpas de antemano si alguna de las reflexiones no han gustado (en ese caso las retiro).

Mi reflexión en este asunto era tratar de advertir sobre la delgada linea de las ilegalidades. (hasta tal punto de haber sido multado por llevar una simple pegatina reflectante),

Dicho esto Un saludo a tod@s
 
estimado compañero Eugenio:

No está en mi animo ( y espero seguir así) poner en duda ninguno de tus post o afirmaciones hechas ya no solo en este hilo sino en este foro.

Es más deberías seguir en ese estilo de trabajo ya que tus post han aportado gran cantidad de información al resto de usuarios de este foro (entre los que me incluyo).

Dicho esto, pido disculpas de antemano si alguna de las reflexiones no han gustado (en ese caso las retiro).

Mi reflexión en este asunto era tratar de advertir sobre la delgada linea de las ilegalidades. (hasta tal punto de haber sido multado por llevar una simple pegatina reflectante),

Dicho esto Un saludo a tod@s
Querido compañero, disculpas se piden cuando se ofende, y no es el caso. Es mas te agradezco que hayas mencionado todo este tema, pues es bueno saber en que situación real o jurídica nos podemos encontrar. Además, todo lo que mencionas es rigurosamente cierto, aunque como casi todo en este país, nos encontramos en un limbo y tristemente dependerá del funcionario de turno que nos toque.

Insisto, nada que objetar, y siempre viene muy bien saber todos los pormenores, y tus reflexiones son correctas.
Gracias por tu aportación pues todos los post sean opiniones o simplemente recordemos algún dato, normativa,.. Siempre suman.
Saludos
 
Última edición:
Bueno...pues al primero que le toque pasar la ITV con las diurnas led que comente como le a ido,y así los demás estaremos en preaviso,a mi todavia me quedan unos años,igual hasta cambia la legislacion.saludos
 
Bueno...pues al primero que le toque pasar la ITV con las diurnas led que comente como le a ido,y así los demás estaremos en preaviso,a mi todavia me quedan unos años,igual hasta cambia la legislacion.saludos
No es mala idea, aunque me temo que no nos servirá como referencia, pues también dependerá de la ITV de turno y variará según comunidades e ingeniero que te toque. Y aunque no debiese ser así, En esto Spain is different.
 
No es mala idea, aunque me temo que no nos servirá como referencia, pues también dependerá de la ITV de turno y variará según comunidades e ingeniero que te toque. Y aunque no debiese ser así, En esto Spain is different.
En esto y otras cosas.
En los tiempos de los quads yATV los matriculaban como vehiculos es peciales VE
Como un tractor agricola.
Y por una plaza,
pues bien , había una ITV
sin nombre i sin provincia que te lo homologaba para dos plazas.......sin problemas :whistling: :thumbsdown:
Bueno......esta claro que primero pasaba el egipcio.
 
A cuento con las homologaciones


Venimos debatiendo en este hilo sobre tipo de luces a poner en nuestro jeep y cuando hablamos de cambiar las luces de cruce o carretera, terminamos con el tema de las homologaciones.

Visto esto y no contento del todo , he buscado el tema de homologaciones en nuestro jeep (me refiero al mio un th) y he buscado el tema de las homologaciones de los faros comparando siempre con el manual de inspección de itv.

Pues bien el foco del th esta homologado para Halogenas , y además, también está homologado para xenón, adjuntare luego una foto de la homologación, así como una captura del manual de itv en el que se explica los términos de la homologación

homologación

01 HCR PL 12,5
01 DCR PL 17,5


En resumen a nuestro jeep se le podría poner xenón, puesto que el foco viene homologado para tal.

Alguien pensara que el xenón debe llevar también lavafaros, en este punto creo que no, es decir la normativa europea exige lavafaros cuando los lumens del xenón son superiores a 2000 en caso de ser igual o inferior no es necesario llevar lava faros y de hecho la lamparas de xenón que monta el renegade son las de tipo DS5 de 25 watios que producen exactamente esos 2000 lumen.
Supongo que habrá gente en este foro que lleve xenón y podrá confirmar si lleva el lavafaros o no.

Un saludo a tod@s

Pdata : Veréis que en el manual de procedimiento de inspección de las estaciones de itv, no viene ni una sola mención al tema de los faros o focos leed pues no viene reflejado en los marcajes de homologación.
 

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A cuento con las homologaciones


Venimos debatiendo en este hilo sobre tipo de luces a poner en nuestro jeep y cuando hablamos de cambiar las luces de cruce o carretera, terminamos con el tema de las homologaciones.

Visto esto y no contento del todo , he buscado el tema de homologaciones en nuestro jeep (me refiero al mio un th) y he buscado el tema de las homologaciones de los faros comparando siempre con el manual de inspección de itv.

Pues bien el foco del th esta homologado para Halogenas , y además, también está homologado para xenón, adjuntare luego una foto de la homologación, así como una captura del manual de itv en el que se explica los términos de la homologación

homologación

01 HCR PL 12,5
01 DCR PL 17,5


En resumen a nuestro jeep se le podría poner xenón, puesto que el foco viene homologado para tal.

Alguien pensara que el xenón debe llevar también lavafaros, en este punto creo que no, es decir la normativa europea exige lavafaros cuando los lumens del xenón son superiores a 2000 en caso de ser igual o inferior no es necesario llevar lava faros y de hecho la lamparas de xenón que monta el renegade son las de tipo DS5 de 25 watios que producen exactamente esos 2000 lumen.
Supongo que habrá gente en este foro que lleve xenón y podrá confirmar si lleva el lavafaros o no.

Un saludo a tod@s

Pdata : Veréis que en el manual de procedimiento de inspección de las estaciones de itv, no viene ni una sola mención al tema de los faros o focos leed pues no viene reflejado en los marcajes de homologación.

Efectivamente la_choza_5, muy buen aporte, en nuestro querido renegade, no hace falta lava-faros para el xenón, debido a lo que muy bien comentas, de ahí que no los lleve precisamente, mi duda es si a pesar de tener un óptica homologada para xenón, pueda instalarse sin homologar, pues no se si debiese venir especificado en ficha técnica.
En cuanto a los marcajes de homologación normalizados de las RL/A luz de circulación diurna/luz de posición, en ningún caso se especifica que tipo de bombilla deba de ser si halogena o led, y en la legislación al respecto, tampoco he conseguido ver nada al respecto, por lo que creo que no deberemos tener problemas pues el foco esta marcado como homologado para luz diurna, y nada más.

Saludos renegados
 
Efectivamente la_choza_5, muy buen aporte, en nuestro querido renegade, no hace falta lava-faros para el xenón, debido a lo que muy bien comentas, de ahí que no los lleve precisamente, mi duda es si a pesar de tener un óptica homologada para xenón, pueda instalarse sin homologar, pues no se si debiese venir especificado en ficha técnica.
En cuanto a los marcajes de homologación normalizados de las RL/A luz de circulación diurna/luz de posición, en ningún caso se especifica que tipo de bombilla deba de ser si halogena o led, y en la legislación al respecto, tampoco he conseguido ver nada al respecto, por lo que creo que no deberemos tener problemas pues el foco esta marcado como homologado para luz diurna, y nada más.

Saludos renegados
Ya te puedo asegurar que la ficha técnica no trae especificado nada de que tipo de faros llevas.
Lo que hace la itv es lo siguiente.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN DE LAS ESTACIONES I.T.V.
Versión 7.1.1
SECCION I: INSPECCIONES CATEGORIAS M,N,O
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y TURISMO
Fecha de entrada en vigor: 1 DE NOVIEMBRE DE 2016
Página 83 Sección I
4.1 Luces de cruce y carretera a.- ESPECIFICACIONES GENERALES
Todo vehículo de las categorías M y N debe estar provisto de:
- Dos o cuatro luces de carretera que emitan luz blanca. En el caso de vehículos de la categoría N3 pueden ser 2, 4 ó 6. - Dos luces de cruce que emitan luz blanca,
Color de las luces: El color blanco en las luces de cruce y carretera es obligatorio en vehículos matriculados a partir del 26/7/99. La legislación anterior (art. 146 del Código de la Circulación) permitía que el color de estas luces fuera amarillo selectivo.
b.- MÉTODO
Mediante inspección visual se comprobará:
- El número de luces.
- Su funcionamiento.
- Su situación.
- La homologación.
- El estado de los dispositivos.
- El color de la luz emitida.
- El apagado de todas las luces de carretera con un sólo mando.
- La orientación del haz luminoso de la luz de cruce.
- Que la intensidad de todas las luces de carretera que pueden encenderse simultáneamente no excedan de 430.000 candelas, verificándolo por la suma de los índices de intensidad que figuran en cada proyector (valor de referencia 100). La marca de referencia «10» se asignará a cada uno de los faros marcados con «R» o «RC».
- Que al operar sobre el mando de funcionamiento de estas luces, no se encienda ningún otro dispositivo luminoso diferente a los reglamentariamente establecidos.
- El dispositivo de nivelación cuando sea de accionamiento manual y lo incorpore de origen
- El dispositivo lavafaros cuando sea obligatorio.
- Que la fuente luminosa es compatible con el proyector.
- El funcionamiento del testigo de luces de carretera.
c.- REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA General: Reglamento General de Vehículos Art. 15 y 16 y Anexo X.
Particular: Directiva 76/756/CEE Reglamento CEPE/ONU 48 R.

Un saludo a tod@s

Pdata Lo que seria lógico es poner un kit xenón que también este homologado
 
Sobre bombillas leed

El Manual de inspección de vehículos hace referencia a las bombillas leed en los siguientes apartados:
Para vehículos a motor concebido para el transporte de personal, mercancías y remolques categorías M N O

En luces de frenado
En luces de posición



En trenes turísticos (Maquina; luz de Cruce o carretera)
En trenes turísticos (luz indicadora de dirección dirección)
En trenes turísticos (luz de frenado)
En trenes turísticos (luz de posición)
En trenes turísticos (luz antiniebla)


Eso si exigiendo siempre homologación por lo que habría que mirar los focos de posicion y frenado para ver si están homologados para leed. La Itv siempre y en todos los apartados exige homologación
 
Llamarme torpe, pero estos dos últimos post no los he entendido muy bien que se diga. Para aclararnos, nuestros faros tienen unos números y letras que indican su homologación, pero no sé donde se indica que tipo de bombilla deben de llevar, pues solo he visto que se hace referencia sobre todo al color de la luz, a luces de frenado y de posición, pues en donde se dice que fuente luminosa es compatible con que tipo de proyector.
Cuantos más datos sacamos a la luz, más lío tengo, no tengo claro nada, y lo peor es que creo que los de la ITV tampoco lo tienen muy claro, pues lamentablemente en muchas ocasiones dependerá del celo y conocimiento de la norma que cada ingeniero tenga al respecto, y si algo no les cuadra, o simplemente no lo saben, te dicen que no es legal, y zanjan el asunto sin más. Sigo pensando que la norma o reglamento no lo deja claro, pues casi siempre la tecnología y avances van un pasito por delante del reglamento, y para cuando estos se ponen al día y regulan un avance tecnológico, ya hay otro en el mercado que no hay reglamentación al respecto.

Con esto quiero decir, que todavía no he visto escrito en ningún sitio que en las luces DRL homologadas, tienen que llevar tal o cual bombilla concreta. Si que el foco tiene que estar homologado, la posición que debe ocupar, y el tipo de color de luz que debe de emitir.

Si alguien lo tiene claro, y dispone de la reglamentación concreta que especifique que en ningún caso se puede montar bombillas led en un foco homologado, o que la numeración y letras de homologación de dicho foco especifique que no se pueden montar bombillas led; por favor que nos lo diga, pues ni yo ni muchos compañeros lo tenemos claro. !Solo sé que no sé nada!.

Saludos renegados.
 
Llamarme torpe, pero estos dos últimos post no los he entendido muy bien que se diga. Para aclararnos, nuestros faros tienen unos números y letras que indican su homologación, pero no sé donde se indica que tipo de bombilla deben de llevar, pues solo he visto que se hace referencia sobre todo al color de la luz, a luces de frenado y de posición, pues en donde se dice que fuente luminosa es compatible con que tipo de proyector.
Cuantos más datos sacamos a la luz, más lío tengo, no tengo claro nada, y lo peor es que creo que los de la ITV tampoco lo tienen muy claro, pues lamentablemente en muchas ocasiones dependerá del celo y conocimiento de la norma que cada ingeniero tenga al respecto, y si algo no les cuadra, o simplemente no lo saben, te dicen que no es legal, y zanjan el asunto sin más. Sigo pensando que la norma o reglamento no lo deja claro, pues casi siempre la tecnología y avances van un pasito por delante del reglamento, y para cuando estos se ponen al día y regulan un avance tecnológico, ya hay otro en el mercado que no hay reglamentación al respecto.

Con esto quiero decir, que todavía no he visto escrito en ningún sitio que en las luces DRL homologadas, tienen que llevar tal o cual bombilla concreta. Si que el foco tiene que estar homologado, la posición que debe ocupar, y el tipo de color de luz que debe de emitir.

Si alguien lo tiene claro, y dispone de la reglamentación concreta que especifique que en ningún caso se puede montar bombillas led en un foco homologado, o que la numeración y letras de homologación de dicho foco especifique que no se pueden montar bombillas led; por favor que nos lo diga, pues ni yo ni muchos compañeros lo tenemos claro. !Solo sé que no sé nada!.

Saludos renegados.

Explicare el sentido de los post que he puesto anteriormente y el razonamiento de ambos ( todo esto a mi entender y para tratar de averiguar hasta donde podemos llegar en este tema)

En el primero de ellos es la biblia por la que tienen que regirse las ITV para inspeccionar los vehiculos.

Requisito (cumplir con todos los parámetros )

Un ejemplo claro (a mi entender, si tienes proyectores homologados solo para halogenas, solo podrás llevar halogenas, ¿que tipo de halogenas? pues las que quieras, de hecho hay varias marcas y muy buenas como philips, Osram, etc siempre y cuando que estén homologadas en Europa y sean compatibles con el proyector, ¿y las bombillas halogenas de que potencia? de la que quieras siempre y cuando no superes las candelas que tienen establecido como máximo la Unión Europea en la Directiva 76/756/CEE Reglamento CEPE/ONU 48 R. (y hay es donde se establece los rangos máximos y mínimos de potencia de dichas bombillas)

En resumen: presentamos a la itv dos renegade, uno con halogenas en proyectores homologado para halogena y descarga y otro con xenón en proyector homologado para halogena y descarga y los dos pasaran la ITV porque ambos cumplen escrupulosamente todos los puntos exigidos

Con esto que quiero decir que si nosotros cumplimos escrupulosamente con todos los requisitos exigidos no pueden ponernos ningún impedimento en la itv.

Sobre los led

Me he limitado a buscar en todo el Manual de Inspección de Vehículos los apartados en los que se hacia referencia (y donde ellos saben seguro que puede haber tipo led) y dicho tema y solo viene reflejado en los anteriormente expuestos.y es exactamente por donde se rige tanto la ITV como Guardia Civil Trafico

Un ejemplo claro es que la Guardia Civil te puede multar e inmovilizar el vehículo por el mismo motivo que no superas una ITV y es una decisión lógica ya que sin itv esta prohibido circular, y un ejemplo claro son las luces instaladas en proyectores no compatibles o homologados ( he llegado a conocer algún caso de ser multado por llevar led en matricula (que tontería).

Que ya hay vehículos con led en cruce y carretera si (que estarán homologados)? seguro
Todos los coches traen un código de homologacion europeo, el nuestro o mas bien el mio empieza por en e3*---------
y como bien dices siempre la tecnología y avances van un pasito por delante del reglamento.
Un saludo a tod@s


 
Sigo empanao. Yo a lo que me refiero es que el código de homologacion europeo que se supone llevan nuestras luces DRL, en que reglamento dice que tienen que ser halogena o led. Y si todo está homologado y solo cambiamos la bombilla, donde se especifica exactamente que no se puede cambiar la bombilla. Sigo sin verlo claro. ¿Sabes si ese código de Homologación Europeo al que haces referencia, en algún sitio o reglamento prohíba poner bombillas led en las DRL en concreto? Porque en el manual de procedimientos de la ITV, yo personalmente no he leído que haga referencia a bombillas led o su prohibición en las DRL.

En cuanto a la Guardia civil, es normal, pues hay cada cafre que pone unos plafones que deslumbran a una legua, pues si el plafón es el original, y solo cambia la bombilla por una led para que de una luz más blanca y con luminosidad normal, pues solo lo sabrás tu. Lo mismo pasa con las bombillas halogenas de colores, muy azuladas, con una intensidad lumínica excesiva, pues van diciendo multa me por listo.

Con esto no quiero decir que sean o no legales o incitar a llevar modificaciones ilegales, simplemente que si tenemos sentido común, y no quitamos las luces originales con las inscripciones de homologación, y solo cambiamos una bombilla en tulipas opacas donde será muy difícil saber la bombilla que se lleva sin desmontarla, y tanto el color como intensidad no es exagerado para que de el cante, pues pasará más desapercibido. A mi la guardia civil me ha parado ya varias veces, y jamás ha hecho referencia a los led que llevo en DRL o en las luces de matrícula. Por eso dije en su momento que en los focos principales de largas y cortas, cualquier cambio de bombilla o modificación es más que evidente y a buen seguro tendríamos problemas.

No sé es todo tan confuso que el próximo martes 9, pasaré la ITV con un Fiat panda III generación al cual le he cambiado en las DRL las bombillas P21/5W halogena por una BAY 15D de led iguales a las que llevo en el renegade, y ya os contaré la experiencia. Aunque como ya he dicho, posiblemente todo dependerá de la ITV y funcionario de turno que te toque.

Saludos renegados.
 
Última edición:
Sobre código europeo de homologacion de las luces diurnas o DRL

He dedicado a mirar un poco de este tema ya que en principio es el que mas dudas ofrece a nuestro compañero Eugenio y lo que he visto es lo siguiente:

Las luces diurnas, tienen un tratamiento de homologacion especifico y que viene reflejado en Reglamento CP/NU 87R,
se puede consultar en el siguiente enlace(PARA QUIEN QUIERA ECHARLES UN VISTAZO).


Reglamento nº 87 de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE) Prescripciones uniformes sobre la homologación de las luces de circulación diurna de los vehículos de motor

le he echado un pequeño vistazo por encima, y sin poderlo asegurarlo al 100%, he llegado a la conclusión de que solo están homologados dos tipos de fuentes luminosas que son:

bombillas homologadas de incandescencia
o bien
fuentes luminosas no sustituibles ( modulo de fuente luminosa)

adjunto algunos párrafos

4. MARCADO Las luces de circulación diurna presentadas para homologación:

4.1. llevarán en la lente el nombre comercial o la marca del solicitante; dichas marcas deberán ser fácilmente legibles e indelebles;

4.2. excepto para las lámparas equipadas con fuentes luminosas no sustituibles, llevarán una indicación indeleble y claramente legible de a) la(s) categoría(s) de lámpara(s) de incandescencia prevista(s), o b) el código de identificación específico del módulo de fuente luminosa;

4.3. en el caso de las luces equipadas con un dispositivo electrónico de control de fuente luminosa o fuentes luminosas no sustituibles o módulo(s) de fuente luminosa, deberán llevar la indicación de la tensión nominal y la gama de tensiones, así como la potencia nominal máxima;

4.4. deberán prever espacio suficiente para la marca de homologación y los símbolos adicionales exigidos en el punto 5.2; el espacio destinado a tal efecto se indicará en los dibujos a que se refiere el punto 3.2.1.

Esto dicho con todas las reservas del mundo

Un saludo a tod@s
 
Muchas gracias la_choza_5 por tanto interés en poner luz al tema y nunca mejor dicho, y por el tiempo y trabajo empleado a tal fin.

Visto lo visto, tengo claro que tiene que haber una homologación, para legalizar cualquier tema, pero con tanta nomenclatura, y referencias, puntos, y demás parafernalia, y vuelta de tuerca para decir una determinada cosa, al final es todo tan confuso que ni los autores del reglamento o código europeo, creo que sepan de que va o se aclaren ellos mismos. Lo que está claro es: que función deben cumplir las DRL, que ubicación tienen que tener y medidas, que hay vehiculos que las instalan de serie y ya salen con su homologación,, que hay otros que los instalan a posteriori, y deben de instalar focos homologados y homologar la instalación, que las hay de foco luminoso halogena y otros de led. Pero sigo sin ver claramente en ningún párrafo, que se mencione que teniendo las DRL homologadas de serie y con su nomenclatura y numeración, no se le pueda o esté terminantemente prohibido el sustituir la bombilla halogena por bombilla led sin hacer más modificación. Tan difícil sería ser conciso y decir que tal foco con nº de homologación X tiene bombilla halogana X y no se puede montar otra diferente. Hasta dudo que la DGT tenga conciencia o conocimiento de tales homologaciones o nomenclaturas; limitándose a multar te si ven o sospechan algo raro, que deslumbre y vayas cegando a todo el mundo.....etc pues incluso si llevas fundida una luz aún estando homologada, pueden multar, aunque luego no podamos o sepamos cambiarla, En esto de las luces, hay tal berenjenal, y en estos últimos años ha habido tanto avance y tantos modelos distintos, con unos focos casi galácticos, que los propios guardias civiles, a veces están desconcertados.

Saludos renegados.
 
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Muchas gracias la_choza_5 por tanto interés en poner luz al tema y nunca mejor dicho, y por el tiempo y trabajo empleado a tal fin.

Visto lo visto, tengo claro que tiene que haber una homologación, para legalizar cualquier tema, pero con tanta nomenclatura, y referencias, puntos, y demás parafernalia, y vuelta de tuerca para decir una determinada cosa, al final es todo tan confuso que ni los autores del reglamento o código europeo, creo que sepan de que va o se aclaren ellos mismos. Lo que está claro es para que son las DRL, que ubicación tienen que tener y medidas, que hay vehiculos que las instalan de serie y ya salen con su homologación,, que hay otros que los instalan a posteriori, y deben de instalar focos homologados y homologar la instalación, que las hay de foco luminoso halogena y otros de led. Pero sigo sin ver claramente en ningún párrafo, que se mencione que teniendo las DRL homologadas de serie y con su nomenclatura y numeración, no se le pueda o esté terminantemente prohibido el sustituir la bombilla halogena por bombilla led sin hacer más modificación. Tan difícil sería ser conciso y decir que tal foco con nº de homologación X tiene bombilla halogana X y no se puede montar otra diferente. Hasta dudo que la DGT tenga conciencia o conocimiento de tales homologaciones o nomenclaturas; limitándose a multar te si ven o sospechan algo raro, que deslumbre y vayas cegando a todo el mundo.....etc pues incluso si llevas fundida una luz aún estando homologada, pueden multar, aunque luego no podamos o sepamos cambiarla, En esto de las luces, hay tal berenjenal, y en estos últimos años ha habido tanto avance y tantos modelos distintos, con unos focos casi galácticos, que los propios guardias civiles, a veces están desconcertados.

Saludos renegados.


Totalmente de acuerdo compañero.
Un saludo
 
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